Como bien habéis oído por la prensa desde el 1 de enero el 2023 se ha implantado el nuevo sistema de cotizaciones y pago de cuotas de autónomos por ingresos reales.

Este nuevo sistema limita la libertad que disponía el autónomo de elegir la base de cotización, y con ello la libertad de elegir la cuota a pagar mensualmente.

El antiguo sistema se ha cambiado por uno nuevo donde se han creado 15 tramos, y por tanto, ya solo podremos elegir entre la base mínima o máxima únicamente del tramo asignado (y con ello la cuota a pagar), pero por el contra, ya no podemos elegir el tramo de los 15 existentes, ya que este vendrá determinado por nuestros ingresos reales (rendimientos netos), es decir, vendrá determinado por nuestras ventas, por nuestras nóminas, por nuestros gastos, etc.

Este sistema implica que, para los próximos nueve años, tendremos que calcular nuestro rendimiento neto real y previsto, y con ello, los ingresos reales y previstos y comunicárselos a la Tesorería General de la Seguridad Social. También anualmente recibiremos notificación de la TGSS en que tramo nos sitúa, para que elijamos cual es la base de cotización elegida y la cuota a pagar. Ya todos los autónomos, si o si, estamos obligados a realizar la declaración de la renta (incluido los autónomos colaboradores) para que año a año, con la información que le pase la AEAT la TGSS determine las bases y cuotas definitivas. Se producirán comprobaciones anuales, y con ello regularizaciones, por sobre_cotización o infra_cotización estableciéndose como plazo de devolución antes de 30 de abril del ejercicio siguiente a aquel en que la Agencia Tributaria haya comunicado los rendimientos computables a la TGSS (por ejemplo, para las sobre cotizaciones del ejercicio 2023 se recibirían antes del 30 de abril del 2025). Y un plazo de ingreso hasta el último día del mes siguiente a aquel en que se le notifique el resultado de la regularización, sin aplicación de interés de demora ni recargo alguno (por ejemplo, para las infra cotizaciones del ejercicio 2023 creemos como Asesoría que empezaremos a recibirlas en los meses de septiembre y siguientes del 2024).

El sistema nos obliga a los autónomos dados de antes del 1 de enero del 2023 a comunicar hasta el día 31 de octubre del 2023 el rendimiento neto estimado de ejercicio 2023.

Y puesto, que se puede cambiar hasta 6 veces al año la base de cotización entre la máxima y mínima dentro del tramo, y también se puede cambiar hasta 6 veces al año del tramo, si nuestros ingresos reales previstos (rendimiento neto estimado del ejercicio cambia).

Y puesto que el cálculo del rendimiento neto estimado depende de cada tipo de autónomo (el autónomo en estimación directa se tiene en cuenta los gastos, pero no las cuotas pagadas y un descuento del 7%; el autónomo en módulos no se tiene en cuenta ni los gastos ni las cuotas pero si el 7%; el autónomo colaborador se calcula con las nóminas, pero con un mínimo de 1.000,00 € al mes; el autónomo societario que tiene nómina, se basa en esta nómina, más retribuciones en especie, más los dividendos y demás prebendas con una reducción del 3%; y el autónomo societario que factura en las facturas con la misma reducción del 3%).

Asesoría GRUPO NEOPYME va a proceder de la siguiente manera:

  1. En el mes de FEBRERO, y de manera gratuita, el cálculo del rendimiento neto real del ejercicio 2022 personal y directo de cada autónomo cliente.
  2. Orientación para el cálculo del rendimiento neto previsto del ejercicio 2023.
  3. Identificación del tramo que le corresponde, informando de la base mínima y máxima a elegir.
  4. Cálculo de la cuota a pagar de acuerdo con el nuevo sistema. Comparar con la pagada y deseada hasta ahora.
  5. Estudio y análisis de opciones si el tramo asignado no es el deseado por el autónomo.
  6. Comunicación/es (hasta 6 veces al año) a la TGSS de los rendimientos netos y determinación de la nueva cuota, en su caso.
  7. Seguimiento de las comunicaciones de la TGSS al autónomo.
  8. Control de regularizaciones (infra cotizaciones y sobre cotizaciones) solicitudes, en su caso, devoluciones de las cuotas pagadas de más.

Espero que esta información les haya sido de gran utilidad, y en febrero empezaremos con el trabajo específico con todos y cada uno de nuestros Autónomos clientes de la Asesoría.

Gracias y un fuerte abrazo.

Fdo. Carlos Alberto Martínez Retuerto

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