El pasado 29 de septiembre de 2022 ha sido publicada en el BOE la obligación, para todos los empresarios y profesionales, de expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales, además de, tanto unos (destinatarios) como otros (emisores), proporcionar información sobre el estado de la factura; concretamente encontramos esta obligación reglada en la Ley 18/2022de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas.

¿Cuándo entra en vigor esta obligación?

Esta obligación de facturación electrónica entre empresarios y profesionales producirá efectos:

Para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a ocho millones de euros, al año de aprobarse el desarrollo reglamentario.

Para el resto de los empresarios, a los dos años de aprobarse el desarrollo reglamentario, es decir, tendrán de margen hasta el 2025 para emitir todas las facturas en formato electrónico.

factura electronica obligatoria

De acuerdo con la propia exposición de motivos se busca:

  1. Digitalizar las relaciones empresariales,
  2. Reducir costes de transacción,
  3. Facilitar la transparencia en el tráfico mercantil y,
  4. Junto con otras medidas, atajar de manera eficaz la morosidad en las operaciones comerciales.

¿Qué ventajas ofrece la factura digital a los autónomos?

Las ventajas de la facturación digital para los autónomos son numerosas:

  • Eliminan el papel y contribuyen a la mejora del medio ambiente.
  • Ahorran costes, son más baratas que las facturas tradicionales.
  • Se cobran más rápido.
  • Permiten un control preciso de la trazabilidad de las mismas.
  • Facilita el trabajo de los departamentos de administración porque son más fáciles de archivar y recopilar.

Las sanciones para los autónomos que incumplan la normativa sobre la factura-e

Aquellos autónomos que no implementen este sistema podrán recibir sanciones de entre 10.000 y 40.000 euros.

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